Capítulo 7-Bancarrota Personal
Bajo el Capítulo 7 de bancarrota, el deudor puede conservar bienes “exentos” pero debe entregar al fideicomisario aquellos bienes “no exentos”, los que se utilizan para hacer algún pago a los acreedores. En muchos casos, casi todos los bienes de una persona están exentos, y el deudor por lo tanto puede quedarse con todo.
A menudo es posible mantener hasta su auto y su hogar, siempre que no sean grandes cantidades de capital. Sin embargo, si hay préstamos garantizados por la propiedad (como hipotecas o préstamos de automóviles), debe seguir pagando los préstamos a pesar de la aprobación de la gestión, o el banco puede embargar su propiedad.
¿Cómo funciona un típico Capítulo 7 de bancarrota en Nueva Jersey?
En primer lugar usted debe reunirse con nuestros abogados para determinar qué tipo de bancarrota le servirá mejor. A continuación, vamos a tomar su información y preparar una petición de bancarrota. Toda la información sobre sus ingresos y bienes, deudas y gastos deben ser documentados (le daremos una lista de los documentos y la información que necesita entregarnos). Usted no puede escoger y elegir que deudas pagará, no se puede dar a un acreedor una ventaja sobre el otro. Usted la revisará, y luego la presentaremos ante el tribunal. La petición solicita a la Corte una liquidación de sus deudas. También debe tomar un curso de asesoría de crédito no más de 45 días después de la declaración de quiebra.
Una vez presentada la solicitud, los acreedores ya no pueden ponerse en contacto con Usted. Todos los esfuerzos por colectar, amenazas telefónicas, juicios y embargos de salarios se detienen. Alrededor de un mes o dos más tarde, se presentará ante lo que se conoce como una “junta de acreedores.” Estas reuniones son muy cortas. Dependiendo de donde usted vive en New Jersey, las juntas de acreedores tienen sucursales en Newark, Trenton y Camden. Entonces, por lo general entre 3 y 6 meses después de haber presentado su solicitud, usted recibirá su liquidación de deudas.
Lo que no puede un Capítulo 7 de Bancarrota hacer por mí
El Capítulo 7 no puede deshacerse de todas las obligaciones. Hay ciertas deudas que continuarán, por ejemplo:
- Obligaciones fiscales recientes.
- Préstamos de estudiantes.
- Obligaciones de manutención de niños.
- Deudas obtenidas fraudulentamente.
- Daños por lesiones personales o muerte causados por conducir ebrio.
- Deudas que no aparecen en su petición de bancarrota (aunque la petición puede ser modificada para incluir las deudas que se olvidó).
- Daños por asalto.
- Obtención de deudas de lujo
¿Soy elegible para presentar Capítulo 7?
La mayoría de la gente en Nueva York o Nueva Jersey son elegibles. Si sus ingresos están por debajo del ingreso medio de su estado, usted es elegible. Si sus ingresos están por encima de ella, tendrá que hacer una revisión de sus gastos e ingresos, bajo la “prueba de medios.” Sin embargo, los límites de ingresos para Nueva York y Nueva Jersey son bastante altos, por lo que la mayoría de las personas tienen derecho a presentar el capítulo 7. Además, no se puede presentar antes de 4 años después de haber recibido una liquidación de capítulo 13, u 8 años después de una liquidación del Capítulo 7. En muchos casos hay que esperar 180 días para volver a presentar una petición después de que un caso haya sido cerrado.
Los abogados de la firma de McLaughlin y Nardi pueden ayudar
Nuestros abogados de bancarrota son experimentados y agresivos cuando hay que ayudar a las personas que están luchando con una gran deuda. Podemos ayudarle a conseguir que pueda ponerse de pie nuevamente, obtener un nuevo comienzo, y construir un futuro financiero estable. Por favor llámenos al (973) 890-0004 o por correo electrónico a uno de nuestros abogados de bancarrota con experiencia para obtener ayuda.